Como lo estáis oyendo. Extraído del Diario "El País" del jueves 12 de febrero:
La ambulancia que no llega a tiempo. La petición de penas por omisión de socorro será otro caballo de batalla de la Fiscalía. Este delito ya está tipificado en el Código Penal, pero ahora los fiscales pretenden potenciarlo. Y eso afecta, por supuesto, a las personas que provoquen un accidente y se den a la fuga, pero también a otros conductores o peatones que pasen por el lugar de un accidente y no asistan a las víctimas. Aunque la parte más novedosa es la que se refiere a los servicios de asistencia y de socorro. "Vamos a dar instrucciones precisas a los agentes para que sepan cuándo incoar un atestado. En este sentido, hay un escaso número de sentencias. Vamos a establecer unos criterios para que ellos sepan, por ejemplo, si deben denunciar cuando una ambulancia o los bomberos tardan media hora en llegar o si lo hacen cuando haya pasado una hora desde el aviso", explica Vargas. "Esto es fundamental porque todo el mundo sabe que los primeros minutos son vitales, ¡la gente se juega la vida o el sufrir graves lesiones!". La omisión de socorro puede llegar a castigarse con cuatro años de prisión.
Vale que esta medida favorezca nuestra labor ya que la Administración responsable de la Coordinación de Emergencias tendrá que optimizar sus recursos (ojo, que al ser servicios subcontratados...) aunque por otra parte, el actual Código de Circulación con el tan estrecho cerco en caso de accidente producido por un vehículo prioritario de asistencia sanitaria que hoy en día existe, se convierte en otro lastre para los Técnicos-Conductores de las Unidades.
Esperemos que este mismo Fiscal piense en las tardanzas de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado en llegar a los accidentes o en las negligencias en la seguridad en la señalización de los mismos.
La ambulancia que no llega a tiempo. La petición de penas por omisión de socorro será otro caballo de batalla de la Fiscalía. Este delito ya está tipificado en el Código Penal, pero ahora los fiscales pretenden potenciarlo. Y eso afecta, por supuesto, a las personas que provoquen un accidente y se den a la fuga, pero también a otros conductores o peatones que pasen por el lugar de un accidente y no asistan a las víctimas. Aunque la parte más novedosa es la que se refiere a los servicios de asistencia y de socorro. "Vamos a dar instrucciones precisas a los agentes para que sepan cuándo incoar un atestado. En este sentido, hay un escaso número de sentencias. Vamos a establecer unos criterios para que ellos sepan, por ejemplo, si deben denunciar cuando una ambulancia o los bomberos tardan media hora en llegar o si lo hacen cuando haya pasado una hora desde el aviso", explica Vargas. "Esto es fundamental porque todo el mundo sabe que los primeros minutos son vitales, ¡la gente se juega la vida o el sufrir graves lesiones!". La omisión de socorro puede llegar a castigarse con cuatro años de prisión.
Vale que esta medida favorezca nuestra labor ya que la Administración responsable de la Coordinación de Emergencias tendrá que optimizar sus recursos (ojo, que al ser servicios subcontratados...) aunque por otra parte, el actual Código de Circulación con el tan estrecho cerco en caso de accidente producido por un vehículo prioritario de asistencia sanitaria que hoy en día existe, se convierte en otro lastre para los Técnicos-Conductores de las Unidades.
Esperemos que este mismo Fiscal piense en las tardanzas de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado en llegar a los accidentes o en las negligencias en la seguridad en la señalización de los mismos.

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